viernes, 29 marzo 2024

SII: Retos para las empresas y claves para afrontarlos con garantías

El próximo 1 de enero de 2018 entrará en vigor en Navarra el Sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA, SII, a la Hacienda foral. ¿Está su empresa preparada?


Pamplona - 25 octubre, 2017 - 05:59

Belén HeviaDespués de tantos años permítanme confesarles que no deja de llamarme la atención el interés que, de un tiempo a esta parte, suscita todo lo relacionado con el tema impositivo de las empresas en Navarra. Es más, como si hubiera una caja de resonancia, el ruido sobre estos temas, en muchas ocasiones de cariz muy técnico, no deja de crecer.

En Navarra, este sistema, al que están obligadas las empresas con una facturación superior a los 6 M€ así como aquellas incluidas en el Registro de Devolución Mensual, entre otras, entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2018

Sin embargo, ahí estamos y ya podemos adelantar cuál puede ser el próximo motivo de preocupación: el Suministro Inmediato de Información del IVA, SII, a la Hacienda foral.

¿Qué es? Como su propio nombre indica estamos ante un procedimiento para declarar el impuesto “online”. Es decir, prácticamente en tiempo real se aporta a la Hacienda información sobre facturas emitidas y recibidas lo que permite una especie de “autoconfeccionado” del Libro de Registros del IVA.

El objetivo es mejorar el control tributario y la prevención del fraude.

Por lo tanto, si prevé que su organización va a ser una de las que va a tener que afrontar este procedimiento tiene por delante tiempo suficiente para poder “ponerse al día”. Lo  que aquí le planteamos es nuestra visión de los principales retos y claves que debiera interiorizar para que la adaptación de sus cuentas a este nuevo procedimiento sea la menos traumática posible y, de este modo, pueda beneficiarse de las ventajas que aporta el SII, que también los tiene.

Por ejemplo, permite aumentar el plazo para las autoliquidaciones, reduce los trámites (se exime presentar los modelos 340 y F50) y, lo más importante, se evitan errores.

No obstante, para alcanzar esos ‘hitos’ ¿qué debería hacer su empresa de aquí al 1 de enero? Pues principalmente, tener en cuenta estos ‘factores clave’

  • Consultar con un asesor de confianza y con una trayectoria contrastada marcada por la calidad en su trabajo para comprobar que, efectivamente, nuestra organización está obligado a aplicar el SII. En caso de no estarlo, valorar si interesa acogerse al mismo voluntariamente ya que, como ya hemos comentado, aporta una serie de oportunidades muy interesantes. En todo caso, nuestra recomendación es tener clara una estrategia al respecto y consultarla y diseñarla con ese asesor al que nos hemos referido antes.
  • Precisamente, vinculado con el punto anterior y con la necesidad de asesorarse bien, habría que confirmar que el sistema contable y de gestión de la empresa tiene capacidad para hacer frente a las obligaciones del SII. En este caso, lo mejor es consultar con tu proveedor de software con tiempo para poder adaptarlo o, incluso, sustituirlo en caso de ser necesario.
  • Diseñar, junto con el asesor, un plan de registro contable prácticamente “inmediato” para dotarte de ese sistema de contabilidad automático que te permita cumplir con los plazos requeridos y, por último,
  • Formarse e informarse a fondo sobre un procedimiento que nos obligará a llevar la contabilidad y facturación muy al día puesto que el plazo para comunicación a Hacienda los registros es muy reducido (cuatro días para facturas emitidas) y porque, además, hay que suministrar un mayor volumen de información de relevancia fiscal.

Dado que hemos empezado esta colaboración, con una pequeña reflexión no quisiera finalizar sin hacer mención a ese viejo adagio que nos recordaban nuestras madres: “el tiempo es oro”. En este caso, más que nunca.

Belén Hevia Chávarri
Hevia Chávarri Auditores-Asesores 


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