sábado, 20 abril 2024

Una Orden Foral para regular los eventos en Navarra

La normativa del Ejecutivo foral, que sigue “las medidas aprobadas por el Gobierno de España”, afectará durante las dos próximas semanas a todo tipo de encuentros deportivos, sociales, culturales, taurinos y de ocio con el objetivo de contener la pandemia.


Pamplona - 11 marzo, 2020 - 20:17

Navarra Arena es una de las infraestructuras que optan a acoger la Fase Final de la ACB. (Foto: archivo)

El Gobierno de Navarra, por medio de su consejera de Salud, Santos Induráin, ha dictado una Orden Foral con criterios e instrucciones concebidos para «contener la expansión del coronavirus (covid-19)» como consecuencia de la concentración de público que pueda producirse en eventos deportivos, sociales, culturales, de ocio y taurinos.

En concreto, la Orden Foral 2/2020, de 11 de marzo, recoge instrucciones en torno a cuatro supuestos. Así, ratifica la decisión de aplazar los eventos celebrados en espacios cerrados, incluidas las carpas con cerramiento superior y lateral o similares, donde se estime una afluencia de público o participantes procedentes de las zonas declaradas de “contención reforzada”, que en la actualidad son Madrid, Vitoria, Labastida (Álava), La Rioja y Miranda de Ebro (Burgos).

Por otra parte, los eventos que se celebren en espacios cerrados, en los que no haya estimación de afluencia de público o participantes procedentes de zonas declaradas de contención reforzada, se limitarán a dos tercios de la capacidad del aforo, con un máximo de 1.500 personas. Y en lo que se refiere a encuentros de gente en espacios abiertos, la Orden Foral determina que se podrán celebrar siempre que no superen las 1.500 personas.

EVENTOS DEPORTIVOS DE ÁMBITO ESTATAL

Finalmente, en eventos deportivos de ámbito estatal e internacional se seguirán las medidas preventivas establecidas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. La Orden Foral establece una vigencia de estas instrucciones para quince días naturales, «sin perjuicio de posibles prórrogas que se acuerden de forma sucesiva en función de la evolución de casos o de otras medidas que se vayan tomando según criterios epidemiológicos».

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