jueves, 12 diciembre 2024

El Pleno del Parlamento ha aprobado, con los votos a favor de UPN y PSN y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai, PPN, I-E y no adscritos, la Ley por la que se crea el Consejo Navarro de Diálogo Social. Este órgano institucional será el punto de encuentro, participación y negociación entre el Gobierno de Navarra y los sindicatos y las organizaciones empresariales más representativos de la Comunidad Foral, según recoge el texto legal.

La Ley prevé la consignación anual de una partida presupuestaria destinada a las organizaciones sindicales y empresariales integradas en el Consejo, al margen de las subvenciones que, en apoyo de su actividad, perciban como entes de interés general en el ámbito económico y social. La cuantía de la subvención, de carácter nominativo, se actualizará conforme a la variación del IPC, con el límite del Presupuesto de la Comunidad.

COMPENTENCIAS
El citado consejo está concebido para ser un instrumento para el “fomento de la cohesión social y el progreso económico” a partir de la “readaptación a las exigencias de los nuevos problemas”. Las competencias del Consejo de Diálogo Social abarcan desde el conocimiento, con carácter previo, de los anteproyectos de ley o proyectos de normas reglamentarias de desarrollo, hasta la propuesta de cuantas iniciativas, legislativas o no, se consideren pertinentes.

El presidente del Gobierno de Navarra hará también las veces de presidente del consejo, que contará como vocales al consejero competente en legislación laboral y a un representante de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Navarra.

Entre los órganos del Consejo de Diálogo Social, que tomará sus acuerdos por unanimidad, se encuentran la Comisión Permanente, que estará integrada por el consejero, el secretario del Consejo y dos representantes de cada organización sindical y empresarial. Además, se contempla la posibilidad de crear comisiones especializadas para el impulso de materias concretas y se prevé la habilitación de una oficina técnica a la que la Administración dotará de los medios personales y materiales necesarios.

CONSTITUCIÓN
El Consejo de Diálogo Social se constituirá en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley y, una vez en marcha, tendrá otros seis meses para aprobar su reglamento de funcionamiento interno. Todo ello, según se hace constar, en aras a “racionalizar, modernizar e innovar” el marco de la concertación, “institucionalizando de forma clara el papel de las partes en cuestión de derechos y deberes”.


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