Después de que este martes trascendiera que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado la concesión minera otorgada por el Gobierno foral a Geoalcali para el proyecto Mina Muga, el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, Mikel Irujo, compareció públicamente en rueda de prensa y ofreció la particular lectura que el Ejecutivo foral hace de la sentencia.
En este sentido, defendió que Navarra “tiene competencias en materia de industria, energía y minas conforme a la Lorafna y el Real Decreto 1.774 de 1985”. Y aseguró que el Gobierno foral ya ha contactado con los ejecutivos central y aragonés “para analizar de manera conjunta los posibles pasos a dar”, que “en cualquier caso deberán ser coordinados”. “La sentencia es recurrible en casación en el plazo de treinta días desde su notificación, pero todavía la estamos analizando y es pronto para adelantar ninguna actuación por parte del Gobierno de Navarra porque tendremos que hacerla de forma coordinada. No obstante, se hace más que necesaria una revisión de la Ley de Minas”, remarcó.
Durante su intervención, el consejero explicó los motivos por los que se otorgaron tres concesiones de explotación distintas a Geoalcali: una del Estado, otra del Ejecutivo aragonés y una tercera del navarro: “Vienen derivadas de tres permisos de investigación previos, autorizados en su momento por la Administración competente por razón del territorio. Es decir, Goyo en Navarra, Muga en Aragón y el fronterizo común a las dos comunidades autónomas que concedió el propio Estado”.
A partir de entonces, cada una de las tres administraciones entendió “que resultaba competente para autorizar la concesión minera derivada del permiso de investigación concedido previamente en su ámbito territorial y en ejercicio de competencias ya atribuidas”. “No obstante, y dado que se trataba de un único proyecto minero, la actuación de las tres administraciones para otorgar las concesiones de explotación (Navarra, Aragón y el Estado) se ha realizado de manera coordinada en todo momento. Y, con ese fin, se aprobó un convenio de encomienda de funciones para la tramitación conjunta de estos expedientes”, desgranó.
EL ANÁLISIS DE LA LEY Y LA SENTENCIA
Según recordó, las tres concesiones fueron recurridas por Ecologistas en Acción y Sustrai Erakuntza, pero por ahora solo se ha conocido la decisión judicial que afecta a la otorgada por el Ejecutivo foral. “La sentencia del TSJN entiende que, al tratarse de un único proyecto, debió otorgarse una única concesión minera con independencia de que los permisos previos de investigación fueran otorgados por la administración territorialmente competente. Y ello porque la Ley de Minas, de 1973 y un tanto anticuada, no impone obligatoriamente el otorgamiento de concesiones separadas, aunque deriven de distintos permisos de investigación. Dicha ley, que es preconstitucional, tampoco impone obligatoriamente la concesión conjunta, de modo que es un criterio que ha establecido este tribunal en esta sentencia”, valoró.
Finalmente, incidió en que la sentencia “no habla de un fraccionamiento del proyecto”, sino de un “fraccionamiento en la aprobación del mismo proyecto, de modo que la competencia debería recaer en la Administración General del Estado”. Sin embargo, Irujo matizó que “aún es pronto” para saber si el proceso debe iniciarse desde cero “ya habrá que analizar el caso en profundidad y con mucho rigor jurídico”.