La modificación de la Ley Tributaria, aprobada este jueves 6 de noviembre por la Cámara navarra, pone a disposición de todos los contribuyentes un nuevo servicio que facilite una comunicación más “eficiente, rápida y directa”, siempre con las máximas garantías de “confidencialidad y autenticidad”.
El servicio podrá disfrutarse previa “solicitud o consentimiento expreso” y supondrá una reducción de los plazos de recepción de las notificaciones (de 15 a 10 días de media), además de una mayor seguridad jurídica y un ahorro directo de unos 22.000 euros al año (medio euro por notificación).
OBLIGADOS POR LEY
Sin perjuicio de lo anterior, podrá establecerse la obligatoriedad de practicar la notificación electrónica a los obligados tributarios que no tengan la consideración de persona física. Inicialmente se incluía también a las personas físicas que, por razón de su “capacidad económica o técnica, por su dedicación profesional u otros motivos acreditables por la agencia Tributaria, tuvieran garantizado el acceso y la disponibilidad tecnológica precisa”. Estos, sin embargo, han quedado eximidos de la posibilidad de ser obligados a practicar la notificación electrónica.
A fin de evitar tener que “consultar hasta en cinco buzones diferentes”, se hace constar que “las comunicaciones de cualquier otra Administración, ya sea estatal o autonómica, a los obligados tributarios con domicilio fiscal en Navarra deberán cursarse a través de la Administración Foral de Navarra”.