En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, TSJN, considera que el ERE de 123 empleados aprobado por la dirección de la multinacional TRW «no se ajusta a derecho» aunque, al mismo tiempo, ha desestimado la petición de nulidad planteada por la representación sindical. La sala basa su decisión en que la empresa automovilística no ha justificado las causas económicas, organizativas y productivas invocadas
Sobre las causas económicas, el Tribunal resalta que las cuentas de pérdidas y ganancias de TRW Automotive España SLU revelan que en los últimos cinco ejercicios se obtuvieron beneficios y que la cifra de negocio se incrementó en el último año.
Añade que tampoco se justifica que en Landaben se hubiesen producido cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal, en el modo de organizar la producción o en demanda de productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
Finalmente, según la Sala, los cambios en la producción, derivados de la demanda de un nuevo tipo de direcciones, no serían actuales, sino futuros, por lo que se obvia el principio de actualidad de la causa que soporta los despidos colectivos. En opinión de los jueces, la causa no puede servir de justificación para despidos cuya razón de ser estriba, como aquí sucede, en previsiones productivas futuras.
Los magistrados estiman de forma parcial la demanda de los trabajadores y desestima la nulidad de los despidos, solicitada por los empleados, porque, en su opinión, «no vulnera el derecho a la negoación colectiva» ni «el derecho a la libertad sindical». Igualmente, los magistrados consideran que ni hubo trato discriminatorio en el momento en que la dirección decidió quiénes eran los trabajadores afectados «ni abuso ni coacción». l
Pese a todo, la sentencia sí declara que el despido «no se ajusta a derecho» y, además, califica de reprobable la postura mantenida por del gerente de la planta de Landaben a lo largo de la negociación ya que, de acuerdo con lo manifestado por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ha demostrado «un afán de protagonismo personal difícilmente compatible con la naturaleza colectiva de esta modalidad de despido, así como un intento de debilitar la posición negociadora de los representantes de los trabajadores». Tal y como ya se ha señalado, el dictamen de lo Social puede ser ahora recurrido ante el Tribunal Supremo.