Una vez recibida la notificación, los afectados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones y poner de manifiesto los errores materiales que hubieran podido producirse
Practicadas las rectificaciones oportunas, se dictará el acuerdo de publicación para, posteriormente, colgar el listado en la página web de la Hacienda Navarra antes del plazo máximo que marca la ley y que vence el 30 de junio.
Si antes de completarse el proceso, el deudor ingresara de forma íntegra las cantidades pendientes, quedaría excluido. De lo contrario, su identificación se detallará con nombre, apellidos y NIF, en el caso de las personas físicas, y con razón o denominación social completa y NIF, en el caso de las personas jurídicas u otras entidades.
La creación y publicación de este listado (aprobado también en el Estado y las Haciendas Forales de la Comunidad Autónoma Vasca) se ampara, en el caso de Navarra, en la modificación de la Ley Foral General Tributaria operada por la citada Ley Foral 23/2015 de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias según la cual, por encima de la privacidad de los datos tributarios, se halla el importante perjuicio que estos comportamientos ocasionan a las arcas forales.
“La publicación del listado de deudores debe entenderse como una actuación de lucha contra el fraude dirigida a fortalecer los instrumentos preventivos que coadyuven al cumplimiento voluntario de los deberes tributarios y que promuevan el desarrollo de una verdadera conciencia cívica tributaria” sentenciaron desde la consejería que gestiona Mikel Aranburu