¿Cuál es el objetivo principal de una auditoría? Emitir un informe en el que se diga si las cuentas de una empresa reflejan su realidad o contienen errores.
Sin embargo, hay dos situaciones que complican la consecución de ese hito y, lo que es más importante, que en cierta medida impiden a la empresa dotarse de un instrumento destinado a tomar la mejor decisión sobre su futuro más inmediato en el menor tiempo posible. Dichos “obstáculos” son
- Que, además de los administradores, el informe debe alcanzar también a sus grupos de interés en los que concurren perfiles tan diversos como: accionistas, trabajadores, acreedores o simples inversores.
- Que, teniendo en cuenta el punto anterior, para todos ellos lo que se establece por parte de la Ley de Auditoría de Cuentas es que el auditor no pueda hacer un documento “a su libre disposición”. Al contrario, estamos hablando de un informe estandarizado y regulado.
La buena noticia al respecto es que la Unión Europea ha impulsado una normativa destinada, precisamente, a acabar con esta situación. Los informes estandarizados tienen los días contados, por lo menos, aquí en España ya que será en 2017 cuando se adapte una normativa que ha resultado ser muy bien acogida en territorios que ya la han aplicado como Reino Unido u Holanda. Se pretende, en fin, aportar mayor claridad y más información.
No se trata de describir las salvedades de otra manera, ya que éstas seguirán apareciendo en el informe exactamente como hasta ahora, sino que hablamos de un “extra” de información que va a poner de manifiesto los asuntos que, a juicio del auditor, son los de mayor relevancia en las cuentas anuales.
¿Qué novedades, por lo tanto, se prevén y cómo pueden afectar a su empresa? Fundamentalmente una: A partir de ahora el informe tendrá más contenido ya que el auditor habrá de aportar, como complemento a su opinión, un nuevo capítulo denominado “Cuestiones Clave de Auditoría” compuesto por los siguientes epígrafes:
- una descripción de los riesgos considerados más significativos de que existan incorrecciones materiales, incluidos los riesgos evaluados de incorrecciones materiales debidas a fraude. Es decir, tiene que describir cuáles son los aspectos clave de auditoría, los que más le preocuparon durante la realización de su trabajo por el posible riesgo de ser origen de incorrecciones.
- un resumen de la respuesta del auditor a dichos riesgos. Es decir, ha de explicar cómo abordó esas cuestiones clave y cuáles fueron sus conclusiones
- en su caso, observaciones esenciales derivadas de dichos riesgos.
Se trata en definitiva de ampliar el informe para explicar cuáles son los temas que han preocupado al auditor y cómo éste les ha dado respuesta. Así, por ejemplo, desde el punto de vista de un inversor, por ejemplo, esta información puede ser de enorme utilidad a la hora de tomar decisiones sobre una compañía en concreto.
Hay que precisar, por último, que estos cambios no entrarán en vigor hasta 2017 puesto que la Ley de Auditoría de Cuentas fija que este nuevo modelo del informe de auditoría se aplicará para ejercicios iniciados a partir de 17 de junio de 2016.
Queda margen suficiente, por tanto, para preparar con cuidado la implementación de estos cambios que puede no ser sencilla de explicar a las empresas auditadas por lo que, como siempre recomendamos, lo mejor es contar con una empresa de garantías que supervise todo el proceso para que, efectivamente, redunde en esos objetivos que hemos comentado de mayor transparencia y claridad de la información y la imagen financiera ofrecida por la empresa.
Belén Hevia Chávarri
Hevia Chávarri Auditores-Asesores