lunes, 3 marzo 2025

Una sentencia del TSJN concede el paro a empleadas del hogar mayores de 52 y sin seis años cotizados

Según el TSJN, la normativa nacional que excluía a las empleadas del hogar de la cotización del desempleo "fue declarada nula". Para restablecer la igualdad de trato, "es necesario computar como cotizados los periodos anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, salvo si se pretende mantener una situación vulneradora de derechos fundamentales".


Pamplona - 3 marzo, 2025 - 12:26

La sentencia confirma así la resolución previa del Juzgado de lo Social nº2 de Pamplona. (Foto: archivo)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) concedió este lunes a las empleadas del hogar mayores de 52 años el derecho a percibir el subsidio de desempleo, a pesar de no haber cotizado al menos seis años en un régimen que proteja dicha contingencia. La Sala, que confirma así la resolución del Juzgado de lo Social nº2 de Pamplona, considera necesario computar como cotizados los periodos anteriores en los que figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. Contra esta sentencia únicamente cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Según informó el TSJN, esta controversia tiene su origen en una sentencia dictada el 24 de febrero de 2022 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estimó contraria al derecho comunitario la disposición nacional que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo. La discrepancia de la demandante con el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) surgió al interpretar y aplicar la sentencia del TJUE, que posibilitó la cotización al desempleo de las empleadas del sistema especial de trabajadoras de hogar a partir de su entrada en vigor.

Tras la sentencia del TJUE, se modificó la legislación laboral española en este sentido mediante el Real Decreto-ley 16/2022. No obstante, esta modificación legal impedía a las empleadas de hogar acceder al subsidio para mayores de 52 años, pues la norma exigía la cotización efectiva por desempleo durante al menos seis años a lo largo de su vida laboral, y el SPEE del Hogar no reconocía el derecho a la protección por desempleo.

HASTA OCTUBRE DE 2028

La modificación legal de la norma no tuvo en cuenta que «ninguna de las empleadas del hogar podría acceder al subsidio de desempleo para mayores de 52 años hasta el 1 de octubre de 2028, lo que perpetúa nuevamente la discriminación recriminada en la sentencia del TJUE», según la Sala.

En el caso enjuiciado, la demandante, de 58 años, figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar en tres periodos diferentes: entre el 1 de mayo de 1985 y el 31 de julio de 1993, entre el 1 de septiembre de 2000 y el 31 de diciembre de 2012, y entre el 1 de febrero de 2012 y el 1 de julio de 2012. La mujer formuló petición de subsidio para mayores de 52 años ante el SPEE el 15 de marzo de 2023, que le fue denegado por no haber cotizado al menos seis años en un régimen que proteja la contingencia del desempleo. La demandante solo pudo cotizar al desempleo a partir del 1 de octubre de 2022, cuando se modificó el Real Decreto-ley 16/2022, puesto que hasta entonces no tenía posibilidad legal de hacerlo. Cuando instó la reclamación, había cotizado 1.762 días cuando el mínimo se situaba en 2.160.

El TSJN, que confirma la sentencia de instancia y por tanto la estimación de la demanda, argumenta que la normativa nacional que excluía a las empleadas del hogar de la cotización del desempleo «fue declarada nula». Para restablecer la igualdad de trato, añade la Sala, «es necesario computar como cotizados los periodos anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, salvo si se pretende mantener una situación vulneradora de derechos fundamentales y conformadora de discriminación por razón de sexo». Una situación «que perjudica directamente a la reclamante al no verse reconocido su derecho al percibo del subsidio reclamado pese a haber trabajado y cotizado al Sistema Especial de Empelados del Hogar durante los años anteriormente citados».

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