jueves, 3 abril 2025

El TSJN autoriza el cierre de la hostelería a la 1:00

La nueva orden foral, que estará en vigor hasta el 14 de enero, recoge también la prohibición del consumo en barra y la extensión del certificado Covid a residencias, hoteles o gimnasios. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que "son unas medidas necesarias y proporcionadas por el aumento de los contagios".


Pamplona - 28 diciembre, 2021 - 14:35

La Audiencia considera que Triodos ofreció "información vaga, confusa e incompleta" de los riesgos que entrañaba el producto. (Foto: archivo)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) dio luz verde este martes a la solicitud del Gobierno foral para autorizar el cierre de los bares y discotecas a la una de la madrugada, así como la extensión del certificado Covid a residencias, hoteles o gimnasios.

En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN indicó que, a la vista de los informes aportados por el Ejecutivo navarro, «las medidas acordadas son necesarias y proporcionadas para intentar atajar los contagios».

La Orden Foral 63/2021 de la consejera de Salud, que estará vigente hasta el 14 de enero, establece además la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de diez personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como de actividades navideñas. También incluye la petición del certificado Covid para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, «medida contenida en la orden foral aprobada la semana pasada por la consejera de Derechos Sociales y que el TSJN no avaló por falta de competencia, ya que la solicitud debió ser dictada por la consejera de Salud».

El citado pasaporte se va a requerir para el acceso de las personas de más de 12 años a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos y eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad); bingos, salones de juego y apuestas y recreativos; establecimientos en espacios multifuncionales; restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa); alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares; gimnasios; e instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, «con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas».

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