martes, 20 mayo 2025

La jueza decreta el despido colectivo de 320 empleados de Sunsundegui y el diferido de 18

Según pudo saber Navarra Capital, la titular del Juzgado Mercantil número 1 de Pamplona ha dictado el auto que determina el despido de 320 trabajadores de Sunsundegui con fecha 16 de mayo y el diferido de otros dieciocho, que aún están realizando distintas labores. En este sentido, la indemnización correspondiente a cada empleado será la prevista legalmente de veinte días por año, con un máximo de doce mensualidades.


Alsasua - 20 mayo, 2025 - 14:28

El despido colectivo de 320 trabajadores ya se ha decretado, con fecha 16 de mayo. (Foto: archivo)

La titular del Juzgado Mercantil número 1 de Pamplona ha dictado el auto que decreta el despido de 320 trabajadores de Sunsundegui, con fecha 16 de mayo, y el diferido de los otros dieciocho que aún están realizando distintas labores en la empresa.

Según pudo saber Navarra Capital, la jueza justifica la medida «ante la nula previsión de que la actividad pueda reanudarse, generar ingresos suficientes para atender los compromisos inmediatos y desarrollarse con viabilidad». «El mantenimiento de la situación actual tan solo perjudicará de forma injustificada a los trabajadores», agrega. Así, la indemnización correspondiente a cada empleado será la prevista legalmente de veinte días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades, tal y como solicitó la Administración Concursal, «tomando como base de cálculo los datos de antigüedad y salario diario».

No obstante, la propia Administración Concursal también pidió el mes pasado que, de los 338 trabajadores de la compañía, dieciocho fueran despedidos de forma diferida con el fin de «mantener una estructura mínima necesaria para hacer frente a una serie de servicios». El objetivo es «convertir en caja los activos tangibles e intangibles» de la empresa y «así poder hacer frente a la mayor cantidad de obligaciones de pago». Una medida a la que ha accedido la jueza.

Esta fase se extiende a varias áreas de la firma. Respecto al Servicio de recambios SAT, se está valorando su venta «como unidad productiva independiente» ante la falta de ofertas de compra por el conjunto de la compañía. «Existe una posibilidad para esta transmisión porque hay una empresa interesada con la que se está negociando, por lo que estas tres personas adscritas al servicio se mantendrán hasta que prosperen estas negociaciones o se frustren definitivamente», detalla el documento.

AUTOBUSES EN PRODUCCIÓN

Por otro lado, diez personas se encargan en estos momentos de la producción y soporte para «completar y vender la mayor cantidad posible» de los 41 autobuses en proceso (39 sobre chasis Volvo y dos sobre chasis Scania). A este respecto, el personal necesario y la duración de los trabajos dependerán de alcanzar nuevos acuerdos con Volvo y Scania, similares a los sellados para finalizar los cuatro autobuses del gigante sueco que estaban más avanzados cuando se declaró el concurso. «Estos acuerdos fueron comunicados al juzgado el 6 de marzo de 2025, también expuestos en el informe provisional de la Administración Concursal y (anunciados) en todo momento al comité respecto a su propuesta, alcance y ejecución», especifica la magistrada.

De forma inicial, se baraja también que, para acabar otros cinco autobuses, sean necesarios dos trabajos indirectos, cinco de staff (perfil de compras, calidad e ingeniería) y diez de mano de obra directa: «Estas personas permanecerán de alta hasta que finalicen las tareas necesarias para poder acabar los autobuses, que se puedan vender y obtener liquidez». Si finalmente estas negociaciones se frustraran, se procedería «a la extinción de la relación laboral de todos estos trabajadores».

En tercer lugar está la evaluación y venta de los activos intangibles (modelos, planos, negocio SAT de recambios). En este sentido, se están estableciendo  contactos con posibles interesados y se van a cuantificar económicamente por conceptos. Finalmente figura la evaluación y venta de los activos tangibles (maquinaria, stock de piezas, mobiliario, etc.). Contra el auto cabe recurso de suplicación y los demás recursos previstos en la Ley reguladora de la jurisdicción social.


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