jueves, 12 diciembre 2024

Las medidas fiscales que recoge el plan navarro para mitigar el impacto de la guerra

El Ejecutivo foral anunció este miércoles la aprobación del plan, que incluye algunas exenciones excepcionales y deducciones tributarias ante la actual crisis energética, medidas para agilizar los trámites en la autorización de instalaciones de energías renovables o algunas referentes a las ayudas europeas, entre otros ámbitos.


Pamplona - 13 abril, 2022 - 13:45

El plan ha sido aprobado tras una serie de encuentros mantenidos con representantes de distintos sectores. (Foto: cedida)

El Gobierno de Navarra aprobó este miércoles un Decreto Ley Foral por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la invasión de Rusia en Ucrania. Según informó el Ejecutivo foral en un comunicado, pretende ayudar a los sectores empresariales más afectados, a las familias y al conjunto de la ciudadanía.

El Plan Foral de Respuesta ha sido elaborado tras una serie de encuentros mantenidos con representantes de los sectores más afectados, entre los que destacan asociaciones empresariales (CEN, UPTA y ATA), entidades agrarias (UAGN, EHNE, UCAN) y del sector del transporte (ANETTRADISNA e HIRU). Tiene por objetivo “impulsar la bajada de los precios de la energía para ciudadanía y empresas, el apoyo a los sectores más afectados y a los colectivos más vulnerables y el refuerzo de la estabilidad de precios”.

El Plan Foral de Respuesta pretende complementar las medidas ya adoptadas a nivel estatal y comunitario.

Asimismo, trata de “limitar los costes económicos y sociales consecuencia del aumento del precio del gas, atajar el proceso inflacionista y facilitar la adaptación de la economía navarra a esta situación temporal, que permita reforzar al mismo tiempo las bases de la recuperación económica y de la creación de empleo”.

Incluye, asimismo, exenciones excepcionales y deducciones tributarias “para afrontar la crisis energética, medidas para agilizar trámites en la autorización de instalaciones de energías renovables y proyectos europeos, limitaciones al precio de vivienda en alquiler, la revisión de precios en contratos públicos”, entre otras.

El Plan Foral de Respuesta viene a complementar las medidas ya adoptadas a nivel estatal y comunitario. También se suma a otras medidas ya puestas en marcha por el Ejecutivo foral.

MEDIDAS FISCALES

En el ámbito tributario, se establece una serie de medidas para paliar las consecuencias derivadas de la actual situación económica que dificultan el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se trata de un conjunto de iniciativas dirigidas a los sectores más afectados por el shock energético y llegan tras las reuniones que el Gobierno de Navarra ha mantenido con ellos.

Las medidas persiguen dos objetivos: por un lado, “aportar liquidez inmediata” a empresas, pymes o autónomos que puedan atravesar dificultades y, por otra parte, se establecen otras medidas con efectos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades correspondientes al periodo impositivo iniciado en 2022.

Respecto al primero de los objetivos, se establece un nuevo aplazamiento excepcional de aquellas deudas tributarias que correspondan a autoliquidaciones de pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido del primer trimestre de 2022, así como del mes de marzo de 2022.

Asimismo, se exonera a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan actividades económicas de la obligación de realizar el pago fraccionado correspondiente al segundo trimestre de 2022. Por otro lado, se amplía un año el plazo establecido en la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades para acogerse a la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de reinversión finalice en el año 2022, Y, además, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el plazo para materializar el importe destinado a la Reserva especial para inversiones, para aquellos contribuyentes cuyo plazo de materialización termine entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.

“Estas medidas servirán para no perjudicar a aquellos contribuyentes que tengan dificultad para acometer en 2022 las inversiones que tenían previstas con el fin de dar cumplimiento a los mencionados plazos”, valoró el Ejecutivo foral.

En lo relativo al segundo bloque de medidas aprobadas en materia tributaria, se declara la exención de las ayudas concedidas al amparo del Real Decreto-ley 6/2022, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Al mismo tiempo, las personas físicas que desarrollan actividades empresariales y microempresas podrán aplicarse una deducción extraordinaria con la que se pretende suavizar el impacto económico derivado de la crisis energética. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la deducción será de un 3 % del rendimiento neto positivo del sujeto pasivo, “una vez aplicada, en su caso, la reducción a que tengan derecho por determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada o en estimación directa especial, con un límite de 3.000 euros”.

Por su parte, en el Impuesto sobre Sociedades la deducción la aplicarán aquellos contribuyentes cuyo importe neto de cifra de negocios no supere 1.000.000 de euros en 2022. No podrán aplicar la deducción las entidades patrimoniales. La deducción a aplicar será de un 3 % de la base imponible positiva, con un límite de 3.000 euros. Esta deducción “podrá minorar el importe de la tributación mínima y se podrá aplicar antes que las deducciones por incentivos del Impuesto sobren Sociedades”.

Por último, se eleva a 200.000 euros el umbral de volumen de operaciones para poder determinar el rendimiento neto de las actividades empresariales en régimen de estimación directa especial, en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas.

En el ámbito de la vivienda, el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania ya establece una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda. El Plan Foral de Respuesta extiende esta medida en Navarra “también a los contratos de arrendamiento de vivienda protegida, que se rigen por su propia regulación y que afectan a familias que puedan encontrarse en situación de mayor vulnerabilidad”.

“Se excluyen del cómputo de los ingresos familiares ponderados en las actuaciones protegibles en materia de vivienda las subvenciones por arrendamiento de viviendas incluidas dentro del sistema público de alquiler”, apuntó el Gobierno navarro.

Además, “y ante la dependencia energética existente y alineándose con las decisiones adoptadas por el Gobierno de España”, se ha incluido una serie de medidas para “simplificar y agilizar los procedimientos para la instalación de determinadas instalaciones de energías renovables”. Se establecen como criterios conjuntos para someter los proyectos de energías renovables a este procedimiento que sus líneas aéreas no se encuentren incluidas en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, sean proyectos eólicos con una potencia igual o inferior a 75 MW o proyectos de energía solar fotovoltaica con una potencia igual o inferior a 150 MW y que, “no ubicándose en medio marino ni en superficies integrantes de la Red Natura 2000”, estén ubicados íntegramente en zonas de sensibilidad baja y moderada según la “Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables”, herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

PROYECTOS EUROPEOS

Por otra parte, se establecen medidas de “agilización para la gestión y ejecución de actividades financiables con fondos europeos provenientes del instrumento europeo de recuperación, suprimiendo en determinados casos la autorización previa del Gobierno en la concesión de determinadas subvenciones”. También se contempla la exención de autorización previa en contratos que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y “se adquieren compromisos de gasto plurianual en relación con actuaciones incluidas en dicho plan”.

En cuanto a las contrataciones públicas, “y para no poner en riesgo el interés público que subyace en la ejecución de los mismos”, en determinados supuestos se permitirá una revisión excepcional de los precios del contrato, al margen del régimen establecido en los pliegos.

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