viernes, 4 octubre 2024

Más de mil empresas pueden exportar en el estado de alarma

Este miércoles, el Gobierno foral hizo pública una nota informativa, en la que detalla las actividades de la industria manufacturera que pueden operar en Navarra. Entre ellas figuran las de importación y exportación de productos, bienes y materiales, "en la medida en que se configuran como clave del abastecimiento o del cumplimiento de compromisos de contratos internacionales".


Pamplona - 1 abril, 2020 - 16:51

Mikel Irujo presentó este lunes el nuevo Plan Internacional de Navarra. (Foto: archivo)

El Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial publicó este miércoles una nota aclaratoria con la relación de actividades de la industria manufacturera que se consideran imprescindibles en Navarra y, por lo tanto, pueden mantener su actividad durante el estado de alarma por la pandemia del coronavirus.

Según señaló en rueda de prensa el vicepresidente segundo, José María Aierdi, el Gobierno de Navarra pretende “aclarar y dar certeza a empresas y trabajadores” sobre la aplicación del Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

Tras la aprobación de dicho documento, la presidenta de Navarra, María Chivite, solicitó “flexibilidad” a Pedro Sánchez en la aplicación de esta norma, de manera que el Gobierno foral pudiera decidir cuáles son las actividades esenciales en la comunidad: “Nuestro tejido económico no es igual”.

RELACIÓN DE ACTIVIDADES

En consecuencia, tendrán consideración de imprescindibles «las actividades consideradas como esenciales por el Gobierno Central»; las de fabricación de equipos para servicios sanitarios y sociosanitarios, industria farmacéutica e industria alimentaria; las encaminadas a asegurar el suministro de energía, agua y productos sanitarios; y las que garanticen el correcto funcionamiento de todos los servicios esenciales.

A ellas se añaden las de importación y exportación de todo tipo de productos, bienes y materiales, «en la medida en que se configuran como clave del abastecimiento o del cumplimiento de compromisos de contratos internacionales», como ya confirmó este martes el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Es decir, el Ejecutivo central autoriza que empresas no esenciales puedan mantener un número mínimo de trabajadores tanto para recibir mercancías internacionales como para exportar pedidos que se encuentran ya producidos.

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