La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra resaltó este jueves que las novedades fiscales recogidas en el proyecto de ley de Medidas Tributarias 2026, presentado por el Gobierno de Navarra el pasado martes, suponen «una mejora parcial». Pero, a su vez, reclamó mayor ambición al Ejecutivo foral. «La modificación, en general, es positiva, pero queda lejos de una reforma fiscal profunda que impulse la creación de empresas, la inversión y la atracción de talento», señaló la Cámara de Comercio.
En cuanto a la tributación de las rentas personales, la Cámara de Comercio apoyó las acciones planteadas que implican una rebaja fiscal para las rentas bajas y medias. «Tras años de incremento de recaudación tributaria y en los que la inflación ha mermado la renta real de las familias, valoramos positivamente el aumento de mínimos personales en rentas de hasta 32.000 euros, así como elevar la cifra de los rendimientos del trabajo para los que hay que presentar la declaración de la renta hasta los 17.000 euros de sueldo bruto», indicó.
En cambio, la Cámara de Comercio calificó de «tibia» la reforma en el ámbito de la tributación empresarial, en referencia a la reducción del tipo máximo del Impuesto sobre Sociedades del 28 % al 25 % aplicable en el régimen común, siempre y cuando las empresas cumplan con cuatro criterios. «Más allá de que no está claro que alguna de las condiciones establecidas refleje un compromiso social y laboral, necesariamente, al establecer esta condicionalidad, no puede considerarse que se iguala la fiscalidad navarra a la del resto de territorios en España. Pese a ello, valoramos positivamente la medida por tratarse de un alivio de la carga tributaria máxima anterior», argumentó.
Sin embargo, la entidad lamentó que la reforma de la tributación empresarial también recoja modificaciones que «van en sentido contrario» a la reducción del Impuesto sobre Sociedades y que supondrán «una mayor tributación»: la compensación de bases liquidables negativas a las grandes empresas cuyo importe neto de la cifra de negocio sea superior a 20 millones (esta limitación será mayor para aquellas con una cifra de negocio superior a 70 millones), la tributación mínima efectiva del 13 %, 11 % y 10 % según si el contribuyente se encuentre gravado al tipo del 28 % (o 25 %), del 23 % y del 19 %; y la modificación en el articulado que hace referencia a las deducciones por inversiones y por participación en producciones cinematográficas, series audiovisuales y realización de actividades de I+D+i tecnológica. En concreto, tras este cambio, «las deducciones no pueden dar como resultado una tributación por debajo de estos tipos mínimos».
«Esto implica que ahora, el ‘premio’ de las empresas a invertir en estos conceptos es claramente menor. Esto va en contra de una política de impulsar y apoyar a las empresas preocupadas con la mejora de su competitividad a través de parámetros como la innovación, clave siempre y más en el momento actual. Esta medida representa un retroceso en el incentivo a la inversión en I+D+i y en el sector audiovisual, especialmente para las pequeñas y medianas empresas. Por eso, solicitamos su revisión para no penalizar la innovación porque, en el mejor de los casos, en términos netos, iguala la tributación de las grandes empresas a la que ya existía en el resto del territorio nacional», criticó la Cámara de Comercio.













