miércoles, 15 julio 2026

El presidente de Comptos corrige al auditor que cuestiona el papel del Instituto Navarro de Inversiones y Nafarbide

El auditor defendió que "todas las actividades del INI las puede desarrollar Sodena" y que existe una "duplicidad" de actividades en este sentido. Además, se mostró partidario de "disolver" Nafarbide, a la que definió como "una intermediación innecesaria entre la Administración foral y el libre mercado". Sin embargo, el presidente del ente fiscalizador, Ignacio Cabeza, corrigió el informe al considerar que el auditor incluyó "juicios personales que no pueden admitirse en la labor de una institución rigurosa".


Pamplona - 17 marzo, 2026 - 13:38

El presidente de la Cámara corrigió el informe al considerar que el auditor incluyó "juicios personales". (Foto: cedida)

La Cámara de Comptos publicó este martes el informe sobre las cuentas generales de Navarra de 2024, que ofrece una visión general de la situación económico-financiera de la Administración foral. En dicho ejercicio, gastó 5.940 millones e ingresó 6.000 millones. Tanto gastos como ingresos se incrementaron un 3 % respecto a las cifras del ejercicio anterior.

Analizadas las cuentas, el informe dio opinión de «auditoría financiera y de legalidad favorable, con alguna salvedad» porque no se aplicó en toda su extensión el Plan General de Contabilidad Pública. La salvedad de legalidad se refiere a «prestaciones abonadas de contratos y conciertos cuya vigencia ha finalizado o sin contrato adecuado». Esos gastos correspondieron sobre todo al Departamento de Salud.

Sin embargo, la polémica surgió porque el texto incluye una cláusula de discrepancia presentada por el auditor al que se le encomendó la elaboración del borrador del informe. También consta la respuesta del presidente de la Cámara, Ignacio Cabeza, que corrigió después el documento sobre las cuentas generales de Navarra de 2024 al considerar que el auditor «incluyó juicios personales, criterios contrarios a los de la Asesoría Jurídica de la institución e intromisiones en las competencias del Parlamento y del Gobierno foral».

En concreto, el auditor concluyó que las labores del Instituto Navarro de Inversiones (INI) pueden ser realizadas por Sodena dada «la duplicidad existente» de actividades y abogó por «disolver» Nafarbide. «En el informe definitivo aprobado por la Presidencia se ha omitido todo el análisis y recomendación efectuada sobre el Instituto Navarro de Inversiones en mi propuesta de informe provisional al presidente. En enero de 2024, el consejero delegado de CPEN emitió una instrucción sobre el alcance de las actividades que debían desarrollar INI y Sodena. No obstante, dicha instrucción resulta insuficiente para corregir la duplicidad existente, dado que de la misma se desprende que todas las actividades del INI las puede desarrollar Sodena», resaltó el auditor.

«Dicha instrucción no es suficiente a fin de evitar la duplicidad de actividades entre ambas sociedades, ya que no elimina los solapamientos de sus objetos sociales, de modo que ambas pueden realizar actividades de la misma naturaleza y sobre el mismo territorio. Por tanto, no da cumplimiento a la recomendación formulada por esta Cámara», agregó. Desde su punto de vista, la coexistencia de dos sociedades públicas «con objetos sociales coincidentes incide negativamente en la asignación eficiente de los recursos públicos, incrementa costes sin aportar una mejora apreciable en la prestación del servicio y resulta contraria a los principios de eficacia y eficiencia que deben regir la gestión de los fondos públicos».

Por otro lado, el informe definitivo del presidente omitió «determinadas afirmaciones» efectuadas por el auditor, quien puso de manifiesto los «déficits de gestión» detectados en su revisión de esta sociedad. «A juicio de este auditor, es obvio que Nafarbide se convierte en una intermediación innecesaria entre la Administración foral y el libre mercado, que incrementa los costes del servicio y reduce la exigida eficiencia. Y no existiría si se recurriese directamente a un proceso de contratación desde la propia administración. Por todo lo anterior, este auditor consideraba la siguiente recomendación: disolver la sociedad pública Nafarbide por carecer de medios suficientes y por la imposibilidad de llevar a cabo los futuros encargos con pleno sometimiento a la normativa contractual, pudiendo desarrollarse esta actividad por la Administración», especificó.

LA RESPUESTA DE LA CÁMARA

La cláusula de discrepancia está prevista en la Ley Foral de la Cámara de Comptos como una salvaguarda «para los auditores frente a posibles manipulaciones por parte de la Presidencia». «No es el caso de lo ocurrido en la tramitación de este informe», defendió el ente fiscalizador.

Tras la presentación del borrador del informe de las cuentas de 2024, el presidente de la institución, el secretario general y el resto de auditores «mostraron al citado auditor su desacuerdo con las conclusiones»: «Dicho desacuerdo se basaba, principalmente, en la incorrecta aplicación de las normas de auditoría e interpretaciones jurídicas no fundamentadas».

Desde su punto de vista, determinadas afirmaciones y conclusiones del autor del borrador «existe una falta de evidencia de auditoría, clave para poder realizar esas afirmaciones». «Se trata de meros juicios personales del auditor que no pueden admitirse en la labor de una institución rigurosa. Respecto a la opinión de legalidad, el autor del borrador ha sostenido y mantenido criterios contrarios a la opinión de la Asesoría Jurídica de la institución, órgano al que le corresponde fijar dicha opinión», apostilló la Cámara de Comptos.

En el borrador se detectaron, a su juicio, «intromisiones en las competencias del Parlamento de Navarra, por ejemplo al referirse a la tramitación de los presupuestos, y del Gobierno de Navarra, en este caso respecto a su capacidad para tomar decisiones sobre la organización en la prestación de sus servicios».

«En definitiva, el borrador presentado por el auditor no cumplía con los criterios de calidad exigibles a una auditoría, entre otros la imparcialidad, objetividad, ponderación y evidencia de auditoría. Al presidente le corresponde aprobar los informes y garantizar su calidad. Por tanto, en uso de sus facultades y su responsabilidad, ha corregido el borrador teniendo en cuenta el criterio del resto de miembros de la institución, en el convencimiento de que el Parlamento de Navarra, el Gobierno de Navarra y la ciudadanía en general merecen fiscalizaciones rigurosas y objetivas», remató.

REACCIÓN DE UPN

Tras lo sucedido, Unión del Pueblo Navarro (UPN) solicitó este martes la comparecencia parlamentaria de Cabeza y del mencionado auditor, Miguel Ángel Aurrecoechea. «Estamos hablando de discrepancias de calado y de omisiones por parte del presidente de la entidad de apreciaciones que había incluido el auditor en su informe inicial», argumentó la formación regionalista.

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