Este miércoles entraron en vigor las nuevas restricciones para “hacer frente” al Covid-19, autorizadas el martes por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) y que permanecerán vigentes hasta el viernes 14 de enero, inclusive. Así lo informó el Gobierno de Navarra a través de un comunicado.
Las medidas están recogidas en una orden foral de la consejera de Salud, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, que tiene como objetivo “reducir la transmisión comunitaria del virus y la presión que sufre el sistema sanitario, especialmente en la Atención Primaria”. También “va en aumento en la red hospitalaria y en las unidades de cuidados intensivos”.
De esta forma, se recupera el horario de cierre de una serie de locales y actividades entre la 1:00 y las 6:00 horas, se vuelve a la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de diez personas, y se regulan además eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo y actividades navideñas.
También se amplía el uso del pasaporte Covid, que será obligatorio para el acceso de las personas mayores de 12 años a los locales y establecimientos con licencia de discoteca, sala de fiesta, café espectáculo y sala de conciertos. También para participar en eventos multitudinarios en interiores (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales o restaurantes (excluidos los comedores de universidades y de empresa).
Lo mismo sucede con alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares; gimnasios e instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas. Y se excluyen del requisito de control de acceso los espacios y terrazas al aire libre de dichos establecimientos.
Para que el pasaporte Covid sea válido, es imprescindible que haya sido emitido por un servicio público de salud o por un centro autorizado por el Departamento de Salud. Además, contempla tres supuestos: certificado de vacunación (pauta completa), certificado de prueba (PCR negativa en las últimas 72 horas o test de antígenos negativo en las últimas 48 horas) y certificado de recuperación (se emite tras haber pasado el Covid-19 y su validez es de 180 días). Dicho documento se puede descargar desde la Carpeta Personal de Salud.
HORARIOS DE CIERRE OBLIGATORIO
La orden foral recoge el cierre obligatorio entre la 1:00 y las 6:00 horas de la actividad de comercios, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos. Esta medida se extiende a los establecimientos situados en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, como las sociedades gastronómicas y peñas, bajeras o piperos, por ejemplo.
Además, en los locales de hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes) el consumo será siempre sentado en mesa. Las barras solo podrán utilizarse para pedir y recoger la consumición.
Por otra parte, se permite el consumo en mesas con taburetes y que se encuentren pegadas a la barra, aunque serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, la misma distancia que entre las mesas. En cuanto a las mesas o grupos de mesas, no podrán reunir a más de diez personas, con una distancia de seguridad interpersonal de 70 cm.
Al mismo tiempo, sigue vigente la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo botellón y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.
La nueva orden prohíbe el consumo de comidas y bebidas en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores, será necesario solicitar con carácter preceptivo informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. La única excepción serán las salas de cine, en las que se permitirá excepcionalmente el consumo de alimentos y bebidas, solo en las salas que mantengan una distancia mínima de una butaca entre unidades convivenciales.
Por su parte, las actividades navideñas (cabalgatas, desfiles o similares y carreras como la San Silvestre) requerirán informe preceptivo del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, siempre y cuando superen las 500 personas en el interior y las 1.000 en el exterior.
A estas medidas se añaden a las recomendaciones, publicadas la semana pasada, de cumplir las medidas preventivas frente al coronavirus durante las navidades, como limitar a diez personas y dos grupos familiares los encuentros entre no convivientes.
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