El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) “avala” la decisión del consejero de Cohesión Territorial, Bernardo Ciriza, de no indemnizar a la empresa concesionaria de autovía A-12 (Pamplona – Logroño) por la disminución del tráfico producida durante la pandemia del Covid-19.
Según informó el Ejecutivo foral este lunes, la empresa le reclamó 9,1 millones de euros (IVA excluido) “a consecuencia de la reducción del tráfico que circuló por esa vía entre los meses de marzo y diciembre de 2020”, producida “por las medidas de reducción de la movilidad adoptadas para combatir el Covid-19 en los primeros momentos de la pandemia”.
“En 2021 se produjo una disminución del importe a abonar en concepto de cánones de las autovías, que resultó tras la fijación de compromisos en dichas partidas presupuestarias para ese ejercicio una vez conocidos los tráficos reales del ejercicio anterior. Esta disminución de los cánones supuso una inversión extra por parte de Obras Públicas para la realización de actuaciones de mejora en la red de carreteras de Navarra”, recordó el Ejecutivo foral.
El importe solicitado por la empresa concesionaria Autovía del Camino ha permitido al Ejecutivo foral “acometer más de una decena de actuaciones de mejora de la red de carreteras de Navarra, pendientes desde hace años”: nueva conexión Mugartea – Ronda Este PA-30 (2,3 millones), restauración del puente de Tudela sobre el río Ebro (1,5 millones), desdoblamiento de la NA-700 entre Orkoien y Arazuri (2,1 millones), mejora del nudo de Berriozar entre la ronda Norte (PA-30) y la avenida de Guipúzcoa (1 millón), construcción de una nueva rotonda y mejora de la travesía de Monreal (570.000 euros), mejora de la travesía de Caparroso (350.000 euros), nueva rotonda en Murchante (270.000 euros), conexión de la Ronda Este PA-30 y Ronda Oeste A-15 (100.000 euros), instalación de pantallas acústicas en la PA-30 en el entorno de Ezkaba (600.000 euros), y la mejora y acondicionamiento de la carretera de NA-2600 Erratzu – Francia (211.000 euros), entre otras.
En la sentencia, el TSJN señaló, entre otras cuestiones, que la autovía A-12 “permaneció abierta y, aunque a consecuencia de las medidas de reducción de la movilidad descendió el número de usuarios en la misma y la retribución debido al sistema del peaje en la sombra, eso no supuso la imposibilidad de ejecutar el contrato tal y como esgrimía la empresa concesionaria”. Por parte del tribunal también apuntó que “no se ha acreditado que se haya producido la ruptura sustancial del equilibrio del contrato de concesión”.
PRECEDENTES
Se trata de “la segunda sentencia que avala la decisión del departamento de Cohesión Territorial de no indemnizar a las empresas concesionarias de las autovías navarras por la disminución del tráfico durante la pandemia”. En marzo de 2022, una sentencia del TSJN rechazó la reclamación presentada por la empresa que gestiona la autovía A-21 (autovía del Pirineo), en la que reclamaba al Ejecutivo foral una compensación de un mínimo de 2,3 millones de euros “por la pérdida de ingresos sufrida por efecto de la pandemia hasta el 31 de diciembre de 2020”. El recurso fue desestimado por el TSJN “al no considerar acreditado que se hubiera producido una ruptura del equilibrio del contrato de la concesión que la empresa reclamaba”.
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