Las empresas navarras pueden solicitar desde este martes y hasta el 9 de diciembre las nuevas ayudas del Gobierno de Navarra para financiar los sobrecostes energéticos, cuyo importe total asciende a 20 millones de euros y cuyas bases reguladoras figuran en el Boletín Oficial de Navarra.
Según explicaron en rueda de prensa la consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz, y el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, Mikel Irujo, el Gobierno de Navarra subvencionará los incrementos de coste de suministros facturados entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2022 respecto al mismo periodo del año anterior. Estos suministros serán electricidad, gas natural, gases licuados del petróleo a granel y fluidos térmicos generados en una central de infraestructuras comunes (agua caliente, fría, fluido frigorífico o vapor).
Para el cálculo se tendrán en cuenta las facturas de todos los suministros contratados que estén a nombre del solicitante y correspondan a establecimientos permanentes en Navarra. El sobrecoste sufrido deberá ser de al menos 2.000 euros y si el solicitante vendió energía eléctrica producida a partir de cogeneración con gas natural o de origen fotovoltaico o eólico, estos importes de la energía eléctrica vendida «se restarán de los valores de gasto energético». Cuando la actividad empresarial se realice en un domicilio residencial, solo se subvencionarán las facturas siempre y cuando los consumos estén diferenciados con contadores independientes de la vivienda. Finalmente, no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos.
El porcentaje de ayuda será del 100 % del gasto subvencionable. La ayuda global no superará en ningún momento los 500.000 euros por empresa o grupo empresarial. El máximo para compañías de producción primaria de productos agrícolas será de 62.000 y para empresas del sector de la pesca y acuicultura, de 75.000 euros.
En caso de que el gasto subvencionable superase el crédito presupuestario de 20 millones, se realizará un prorrateo entre todas las solicitantes en función del gasto subvencionable de cada una de ellas. Las resoluciones se dictarán en el plazo máximo de dos meses desde la presentación de las solicitudes. «Esta ayuda es compatible con otras subvenciones para los mismos gastos, sin superar en ningún caso el gasto en que ha incurrido la empresa beneficiaria», indicó el Ejecutivo foral.
ALIVIAR LOS SOBRECOSTES ENERGÉTICOS
Tras destacar que estas ayudas son «absolutamente necesarias y fruto del diálogo con todos los sectores», Irujo aseguró que «la concesión y pago se aprobará antes de que finalice el año y el dinero llegará a las empresas a primeros de enero».
«Desgraciadamente, son ya bastantes las ocasiones a lo largo de esta legislatura en las que el Gobierno ha tenido que establecer planes especiales de ayudas o medidas urgentes de acompañamiento a sectores afectados por algunas de las situaciones imprevistas que han aparecido a lo largo de estos últimos tres años y medio», valoró Saiz.
REQUISITOS NECESARIOS
Así, será necesario que las empresas realicen su actividad económica en Navarra desde antes del 1 de febrero de 2021, independientemente de su forma jurídica (sociedades mercantiles, cooperativas, entidades sin personalidad jurídica, empresarias y empresarios autónomos, etc.).
Las empresas beneficiarias deberán estar dadas de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en Navarra; en el caso de las compañías del sector primario, en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra; y en el de las comunidades de regantes o sindicatos de riegos, en el correspondiente Registro de la Confederación Hidrográfica.
Según explicó Irujo, «quedan excluidas de las ayudas las instituciones financieras, empresas de transporte y distribución de energía eléctrica o las de fabricación o distribución de gas». Tampoco pueden optar las del sector público, ni firmas cuyo gasto energético esté directamente destinado al consumo doméstico como las comunidades de propietarios y propietarias o empresas de alquiler de viviendas.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática. Deberán adjuntarse libro Excel (en formato excel, no pdf) que ayuda al cálculo de los importes a incluir en el formulario y que se encuentra en la ficha de las ayudas.
También deberán adjuntar las facturas de gas natural, electricidad, gases licuados del petróleo (GLP) a granel y fluidos térmicos, correspondientes a los meses de febrero a septiembre de los años 2021 y 2022, y justificantes de pago de las facturas de 2022. En los casos de venta de energía eléctrica, también deberán incluirse las facturas que lo acrediten.
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