El Gobierno de Navarra inició este martes un expediente sancionador por la utilización «indebida» de una Vivienda de Protección Oficial (VPO) en la Comarca de Pamplona como alojamiento turístico. Al tratarse de una práctica expresamente prohibida por la normativa vigente, el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias ha realizado una propuesta de multa de 16.500 euros.
«La actuación comenzó tras detectar que la vivienda se anunciaba en una conocida plataforma de alquileres vacacionales como apartamento turístico. Las comprobaciones realizadas por el departamento confirmaron que el inmueble no figuraba inscrito en el Registro de Turismo de Navarra, pero que se ofertaba como alojamiento turístico desde 2023″, indicó el Ejecutivo foral.
El alquiler de una VPO para uso turístico, recordó el Gobierno navarro, es una infracción grave según la Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra, que establece que las viviendas protegidas se deben destinar a domicilio habitual y permanente. Por ello, ha puesto en marcha el expediente sancionador a la persona titular de la vivienda con una propuesta de multa dentro del rango previsto para este tipo de infracciones, que oscila entre 3.001 y 30.000 euros.
«La finalidad de las VPO es facilitar el acceso a la vivienda a precios asequibles, por lo que están sujetas a unas condiciones específicas que regulan su uso, transmisión y alquiler. La principal obligación es que la vivienda tiene que utilizarse como domicilio habitual y permanente, es decir, no puede utilizarse como segunda residencia ni mantenerse vacía de forma prolongada sin causa justificada. Además, no se puede destinar a usos turísticos e incluye tanto alquilar la vivienda completa como ofrecer habitaciones en plataformas de alquiler vacacional», incidió el Ejecutivo foral.
No obstante, el alquiler completo o por habitaciones de una vivienda protegida «sí es posible, pero hay que respetar los límites de precios fijados para las VPO, asegurarse que siempre se usa como domicilio habitual y que la persona inquilina cumple con los requisitos para acceder a la vivienda protegida, así como solicitar la autorización de la Dirección General de Vivienda».
Las viviendas protegidas «también se pueden vender, pero al igual que en el alquiler, es necesario cumplir con todos los requisitos que marca la legislación». Asimismo, se pueden donar, intercambiar e incluso ceder temporalmente para que la ocupe un familiar. Para todos estos casos, es necesario contar con la autorización de la Dirección General de Vivienda.













