domingo, 15 diciembre 2024

Abierta la convocatoria de ayudas frente al Covid-19 para autónomos y empresas

Desde este martes, y hasta el próximo 20 de agosto, aquellos negocios que se han visto especialmente afectados por el Covid-19 pueden presentar su solicitud al fondo de ayudas de 67,7 millones dotado por el Estado para mejorar su solvencia. Más de un millar de actividades económicas podrán optar a estas subvenciones que deberán solicitarse, de forma obligatoria, a través de Internet dentro del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra. Precisamente, desde el Ejecutivo foral se prevé que unos 12.500 empresas y profesionales puedan beneficiarse de esta convocatoria.


Pamplona - 20 julio, 2021 - 07:00

La subvención que se perciba deberá destinarse a satisfacer, sobre todo, la deuda y pagos pendientes a proveedores y otros acreedores (Foto: cedida)

Empresas y profesionales de un millar de actividades económicas distintas afectadas por el Covid-19 podrán acogerse desde este martes al fondo de ayudas de 67,7 millones para mejorar su solvencia. Dicha iniciativa fue presentada recientemente por los consejeros del Gobierno de Navarra, Elma Saiz y Mikel Irujo. Según las primeras estimaciones, se prevé que puedan beneficiarse de este fondo estatal más de 12.500 negocios de la Comunidad foral.

El plazo para poder solicitar las ayudas se extenderá hasta el 20 de agosto y deberá hacerse únicamente de forma telemática, a través de la ficha correspondiente del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra, mediante el sistema de identificación Cl@ve o Certificado Digital. Si en este plazo se agotasen los 67,7 millones, el Gobierno de Navarra habilitaría una partida extra, con un límite de 72,3 millones de euros más, para hacer frente a las solicitudes presentadas.

Estas ayudas están dirigidas a aquellas actividades económicas que se han visto especialmente afectados por la reciente pandemia sanitaria. De ahí que el grueso del importe se destine a empresas cuyo volumen de actividad haya caído más de un 30 % en 2020 con respecto a 2019. Para ello, se tendrá en cuenta el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el IVA de dicho ejercicio. No obstante, también podrán optar a estas ayudas las personas empresarias o profesionales que, dentro de los sectores y actividades previstas, apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.

Para resolver las dudas, se ha habilitado un teléfono de consultas (848 43 33 00) así como un documento de preguntas y respuestas.

La subvención que se perciba deberá destinarse a satisfacer la deuda y realizar pagos pendientes a proveedores y otros acreedores, tanto financieros como no financieros. Entre otros fines, se incluye el  pago de servicios o suministros, salarios, arrendamientos o reducción de deuda, siempre y cuando estos gastos deriven de la propia actividad económica y hayan sido devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, fruto de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

¿QUIÉN SE PUEDE BENEFICIAR Y EN QUÉ CONDICIONES?

Los posibles beneficiarios deberán tener domicilio social en Navarra y asumir compromisos como el mantenimiento de la actividad hasta junio de 2022 o no repartir dividendos este y el próximo año.

El importe de las ayudas oscilará entre los 3.000 euros, para quienes apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, y entre los 4.000 y los 200.000 euros para quienes declaren una caída de ingresos superior al 30 %. La horquilla en esta modalidad se justificará en función de la reducción registrada y del número de establecimientos y personal que se dispongan.

La convocatoria también incluye a las empresas o profesionales que se hayan dado de alta entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, o que hayan estado de alta durante un periodo inferior al año en alguno de los dos ejercicios. Asimismo, podrán ser adjudicatarias aquellas que hayan realizado modificaciones estructurales de la sociedad mercantil entre enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020. En estos casos, la ayuda máxima será de 3.000 euros para quienes se les aplique la estimación objetiva del IRPF y oscilará entre los 4.000 y los 30.000 euros en aquellas en las que no se aplica esta estimación, en función del número de personas empleadas.

Los candidatos deberán tener domicilio fiscal en Navarra y estar incluida en alguno de los CNAE recogidos en la convocatoria. Pero, además, deberán asumir una serie de compromisos como el mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022, así como no repartir dividendos en 2021 y 2022 y no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección al menos durante dos años después de haber percibido la ayuda.

Entra aquí para leer más sobre el impacto del coronavirus en Navarra.

 

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Mikel Irujo · Elma Saiz · Covid-19 ·


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