El Parlamento de Navarra aprobó este jueves por unanimidad el Decreto de Ley Foral 4/2020, de 29 de abril, de medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus. Se trata del cuarto que impulsa el Gobierno foral para responder al impacto económico generado por la pandemia.
A diferencia de lo acontecido con los dos primeros decretos, que fueron elevados a Ley Foral el 3 de abril, tanto el tercero como el aprobado este jueves no se tramitaron como proyecto de Ley Foral por el procedimiento de urgencia. Ningún grupo lo solicitó.
Las medidas fiscales aprobadas incluyen diversas facilidades en la tramitación, los plazos y exenciones por reinversión para diversos impuestos.
Con este paquete de medidas, empresas, cooperativas y autónomos agrarios serán los principales beneficiarios de una legislación que adapta la normativa tributaria a las actuales circunstancias y reduce determinadas obligaciones de pago.
De este modo, disminuye la cuota tributaria del impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales correspondiente a 2020, durante el tiempo en el que haya permanecido cerrado (el impacto de esta decisión es de 293.000 euros). También se rebaja, de manera proporcional, la cuota fija de determinados tributos sobre el juego y máquinas recreativas por un valor aproximado de 1,5 millones de euros.
EL IVA
En cuanto al IVA, será del cero por ciento para bienes que se adquieran con destino a entidades publicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios hasta el 31 de julio. Todo ello para facilitar el suministro de material sanitario de forma rápida y efectiva. Igualmente, el tipo impositivo será del 4 % para libros, periódicos y revistas digitales.
Las medidas fiscales aprobadas incluyen diversas facilidades en la tramitación, los plazos y exenciones por reinversión para los impuestos sobre sucesiones y donaciones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, IRPF e impuestos sobre sociedades, respectivamente.
Y, además, se modifican las condiciones recogidas en el Decreto-Ley Foral 3/2020, de 15 de abril, de ayudas directas para los autónomos, que incluía la obligatoriedad de estar dado de alta en el IAE. Un aspecto que se ha corregido para permitir el acceso a las ayudas de los profesionales de la agricultura, el sector forestal y la ganadería no sujetos a esta medida. Con este cambio se facilita, asimismo, el acceso a los representantes del comercio y a aquellos autónomos que desarrollen su actividad laboral en el ámbito de la cultura.
Finalmente, para las empresas de economía social, sobre todo cooperativas, se flexibiliza temporalmente el uso-destino del Fondo de Educación y Promoción. A partir de ahora, podrán utilizarlo para cualquier actividad que redunde en ayudar a frenar la crisis sanitaria provocada por el coronavirus como, por ejemplo, la compra de material sanitario, EPI, etc.
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