jueves, 3 abril 2025

El TSJN autoriza la exigencia del pasaporte Covid-19

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN considera que el certificado Covid-19 "es una herramienta más (y de menor impacto en los derechos fundamentales en comparación con otras medidas más intensas) en la aplicación de medidas para evitar la transmisión". Los jueces avalan tanto el ámbito geográfico del pasaporte -toda la Comunidad foral- como la limitación temporal, entre el 27 de noviembre y el 7 de enero. Esta media afectará a restaurantes de más de sesenta comensales, discotecas y eventos culturales multitudinarios.


Pamplona - 25 noviembre, 2021 - 13:52

La Audiencia considera que Triodos ofreció "información vaga, confusa e incompleta" de los riesgos que entrañaba el producto. (Foto: archivo)

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) estimó este jueves la solicitud del Gobierno de Navarra y autorizó la exigencia del pasaporte Covid para acceder a restaurantes de más de sesenta comensales, establecimientos con licencia de discoteca o salas de fiesta, y eventos multitudinarios de carácter cultural en espacios interiores con consumición de comida o bebida de más de mil personas.

«Las medidas acordadas en la Orden Foral son idóneas, necesarias y proporcionadas».

Así lo informo la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN en un auto en el que sostiene que, a la vista de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los informes aportados por el Ejecutivo navarro, las medidas acordadas en la Orden Foral son «idóneas, necesarias y proporcionadas».  Al respecto, los magistrados aseguran que el certificado Covid «es una herramienta más (y de menor impacto en los derechos fundamentales en comparación con otras medidas más intensas) en la aplicación de medidas para evitar la transmisión».

UNIDO A OTRAS MEDIDAS PREVENTIVAS

El Tribunal agrega que su objetivo es, siempre unido al mantenimiento de las medidas preventivas como el uso adecuado de la mascarilla y la ventilación, contribuir a reducir la probabilidad de contagio en aquellos espacios con más riesgo (espacios interiores, en los que se concentra un número importante de personas y en los que se permite comer o beber, por lo que hay momentos prolongados en los que se está sin mascarilla), e indirectamente estimular la vacunación. Y, por tanto, aumentar la cobertura para atender al 100 %.

Afectará a restaurantes de más de sesenta comensales, discotecas y eventos culturales multitudinarios.

«Las medidas acordadas suponen una limitación tenue de los derechos fundamentales afectados que, al ser confrontados y atendiendo a su naturaleza teleológica, hacen proporcionadas su adopción», subraya la Sala. De igual forma, los jueces avalan tanto el ámbito geográfico —toda la Comunidad foral— como la limitación temporal, entre el 27 de noviembre y el 7 de enero, de la exigencia del certificado Covid, una decisión que, reiteran, es idónea y proporcionada.

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