El Gobierno de Navarra va a extender el uso del pasaporte Covid en la Comunidad foral a la vez que va a activar un paquete de medidas extraordinarias “para la contención del virus, que está registrando incidencias muy altas en el territorio y un tensionamiento importante en los servicios sanitarios”.
La nueva Orden Foral 63/2021 de la consejera de Salud, por la que se establecen medidas sanitarias preventivas específicas de carácter extraordinario como consecuencia de la situación epidemiológica derivada del Covid-19, fue enviada este lunes al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). Y, de contar con su aval, entraría en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra estando vigente hasta el 14 de enero (incluido).
Entre otras medidas, establece el límite máximo de cierre de una serie de locales y actividades entre la 1:00 y las 6:00 horas, la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como actividades navideñas.
EL PASAPORTE COVID-19
Además, el Gobierno de Navarra incluirá en esta orden foral la petición del pasaporte Covid para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, “medida ya contenida en la orden foral aprobada la semana pasada por la consejera de Derechos Sociales y que el TSJN no avaló instando a que fuera presentada, en su caso, por la consejera de Salud como autoridad sanitaria”.
Así, el documento se va a requerir para el acceso de las personas de 12 años y más a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), alojamientos turísticos (albergues, hoteles y similares), gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas. Se excluyen de este requisito de control de acceso a los locales y establecimientos referidos en este apartado los espacios y terrazas al aire libre de dichos negocios.
LA HOSTELERÍA
En este sentido, se cierra desde la 1:00 hasta las 06:00 horas la actividad de comercios, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, de sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos y similares.
En hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes), el consumo será siempre sentado en mesa, “pudiendo usarse la barra solo para pedir y recoger la consumición”.
La barra podrá usarse para pedir y recoger la consumición. También se permite el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra.
Ahora bien, podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Estas serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, mismo número que se aplica a la distancia entre las propias mesas. Asimismo, las mesas o grupos de mesas no podrán superar las diez personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 centímetros entre ellas. El horario máximo del cierre de interiores de los establecimientos será las 01:00 horas. Todas estas medidas serán aplicables para sociedades gastronómicas y peñas, así como ‘piperos’ y similares.
Por otra parte, el Ejecutivo foral recordó la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo botellón y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.
EVENTOS SOCIALES, CULTURALES Y DEPORTIVOS
Además de seguirse las recomendaciones preventivas de carácter sanitario, por las que las entidades organizadoras “deberán adoptar las medidas necesarias para evitar aglomeraciones y altas concentraciones de personas, quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos”.
En actividades culturales y deportivas programadas, con butaca preasignada, se cumplirán las recomendaciones de la Resolución 1155/2021, de 16 de diciembre del director general de Salud. En todo caso, “quedará prohibido el consumo de comidas y bebidas”. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores, “será necesario solicitar con carácter preceptivo informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra”.
A su vez, los eventos específicos para actividades navideñas (cabalgatas, desfiles o similares y las tradicionales carreras San Silvestre) deberán ser objeto de informe preceptivo por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra siempre y cuando superen las 500 personas en el interior y las 1.000 en el exterior.
El paquete de medidas se suma a las recomendaciones incluidas en la resolución de la Dirección General de Salud publicada la semana pasada, en la que se reforzó la importancia del cumplimiento de las medidas preventivas tanto individuales como colectivas frente al virus de cara a las próximas fechas festivas.
Entre otras instancias, en el ámbito privado se recomendó limitar el número de participantes en encuentros entre no convivientes a un máximo de diez personas y dos grupos de convivencia, así como un paquete de referencia para evitar situaciones de riesgo de transmisión de cara a eventos y actividades navideñas.
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