jueves, 25 abril 2024

La mascarilla no será obligatoria en el trabajo a más de 1,5 metros

A partir de este viernes 17 de julio, será obligatorio en Navarra el uso de mascarillas en la vía pública, espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público, se cumpla o no la distancia de seguridad, ante el aumento de brotes de coronavirus en nuestra región. Una de las excepciones se encuentra en los centros de trabajo, donde no será obligatorio su uso siempre y cuando se garantice la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. Se baraja una multa de cien euros por su incumplimiento.


Pamplona - 15 julio, 2020 - 13:01

A partir de este viernes será obligatorio el uso de mascarilla en Navarra también en los espacios al aire libre.

Según la Orden Foral 34/2020, del 15 de julio de 2020 de la Consejera de Salud aprobada, la detección de varios brotes de casos positivos y el incremento de casos detectados de personas asintomáticas ha obligado a reforzar las condiciones de uso de las medidas de protección y, específicamente, el uso de la mascarilla en la vía pública, espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, independientemente de si se cumple o no la distancia interpersonal de seguridad en estos espacios, donde será obligatorio su uso a partir de las 0:00 de este viernes 17 de julio. Se está barajado que la multa por el incumplimiento de esta norma sea de 100 euros.

No obstante, una de las excepciones se encuentra en los centros de trabajo ya que no es obligatorio su uso siempre y cuando se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros entre las personas trabajadoras. Además, deberán ser los titulares de los establecimientos, espacios o locales quienes garanticen el cumplimiento de esta obligación en dichos locales.

El uso de mascarillas en los centros de trabajo será obligatorio si no se garantiza la distancia interpersonal de 1,5 metros.

La consejera de Salud, Santos Indurain, recordó que se ha aumentado de 21 a 31 personas el equipo de rastreo de contagio. Con 85.500 pruebas de PCR Navarra es la comunidad con más pruebas por cada 100.00 habitantes de España: «Estamos detectando muchos casos de forma precoz. Estos brotes no suponen que el virus haya vuelto. Es que nunca se ha ido y seguirá aquí. El tema es que hemos recuperado nuestra vida tras el confinamiento. Pero no podemos bajar la guardia. Debemos reajustar nuestra vida a esta nueva realidad». La consejera señalaba que estos brotes han llegado antes y en mayor cantidad de lo que esperaban. Hasta el miércoles 15 de julio, el foco de Sunbilla que afectó a 21 personas lleva dos semanas sin ningún nuevo contagio; sigue en revisión el brote de una boda en Tudela con un nuevo caso en observación. Y, en Pamplona, hay dos brotes: el detectado en un almuerzo en los no-sanfermines con 24 casos actualmente y otro con 12 contagios.

CUÁNDO VA A SER OBLIGATORIA LA MASCARILLA

Esta orden foral establece que, independientemente de que se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, las personas de doce años y más años están obligadas al uso de mascarilla en todo momento, cuando se encuentren en la vía pública y espacios al aire libre, en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas; en todo tipo de transporte público o privado, excepto cuando los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio.

Sin embargo, se exceptúa la obligatoriedad del uso de mascarilla en aquellos momentos en que se esté consumiendo alimentos y bebidas y/o en actividades que puedan resultar incompatibles con su uso; durante el ejercicio de la actividad deportiva, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal, pero se utilizará la mascarilla durante todo el tiempo de circulación entre espacios comunes en instalaciones o centros deportivos. No será obligatorio llevar mascarilla durante el momento de baño en piscinas u otros lugares habilitados para el baño; y tampoco en actividades de naturaleza fuera de los núcleos de población, tales como senderismo, escalada, montañismo, ciclismo y similares, siempre y cuando se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

Deberán ser los titulares de los establecimientos, espacios o locales quienes garanticen el cumplimiento de esta obligación en dichos locales

También se exceptúa su uso en los centros de trabajo de titularidad pública y privada, siempre y cuando se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros entre las personas trabajadoras; en el caso de personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada con el uso de la mascarilla y aquellas personas que por su situación de dependencia o discapacidad, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o personas con alteraciones conductuales que hagan inviable su utilización.

Se recomienda el uso de mascarilla en espacios abiertos o cerrados, de carácter privado, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de diferentes núcleos familiares, a pesar de que se pueda garantizar la distancia de seguridad, sin perjuicio de las excepciones que se establecen en esta Orden Foral.

Además, deberán ser los titulares de los establecimientos, espacios o locales quienes garanticen el cumplimiento de esta obligación en dichos locales.

Las mascarillas serán obligatorias desde los 6 años.

Las mascarillas serán obligatorias desde los 12 años.

VIGILANCIA CONSTANTE 

El 20 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de Navarra el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020, por el que se declaró la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la Nueva Normalidad y se dictaron las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19, una vez superada la fase III del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad.

El objeto de este acuerdo era establecer las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por COVID 19, así como prevenir posibles rebrotes, una vez superada la Fase III y la expiración de la vigencia del estado de alarma en la Comunidad Foral de Navarra

El punto 1.2 del citado acuerdo dispone que el uso de mascarilla será exigible, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria originada por COVID 19. Asimismo, en numerosos puntos del acuerdo de Gobierno se hace referencia al uso de mascarilla en tanto en cuanto no se pueda garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros.

El punto quinto dispone que las medidas preventivas previstas en el mismo, serán objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y sanitaria del momento.

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Santos Induráin · Covid-19 ·


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