El pleno del Parlamento de Navarra aprobó este jueves, con los votos a favor del PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la toma en consideración de la proposición de ley foral sobre medidas contra la deslocalización empresarial.
La proposición de ley, impulsada por EH Bildu, tiene por objeto regular medidas sancionadoras contra aquellas compañías que, “contraviniendo el objeto de las subvenciones y ayudas públicas percibidas, procedan a la deslocalización de su actividad de un modo injustificado”, ajeno a motivos relacionados con la “viabilidad económica” de la misma.
Para “garantizar que la financiación pública que reciben las empresas contribuya a la creación de empleo y condiciones laborales de calidad”, se pretenden determinar los requisitos necesarios para considerar deslocalizada una empresa, en cuyo caso se explicitará la “obligación” de devolver las ayudas devengadas. Se da la circunstancia, en este sentido, de que el Gobierno foral ha reclamado la devolución de 2 millones de euros a Siemens Gamesa por el cierre de la planta de Aoiz.
Entre las circunstancias detalladas para considerar que existe una deslocalización se citan, entre otros, el “cese o reducción significativa de la actividad mientras, simultáneamente o en el plazo de los tres años anteriores o posteriores, la empresa desarrolla fuera de Navarra esa misma actividad, por sí misma o por medio de otra entidad que guarde relación con alguna de las situaciones contempladas en el artículo 42 del Código de Comercio (sociedad dominante/sociedad dependiente)”.
Así, se entiende por reducción significativa la merma del personal “a menos de la mitad”, para lo cual se atenderá al promedio de la plantilla en los dos años anteriores. Y se considera cese tanto la disolución de la compañía como el cierre de la totalidad o parte de las instalaciones productivas.
La deslocalización supondrá la obligación de reintegrar las subvenciones percibidas en los últimos diez años.
En supuestos “excepcionales y debidamente justificados”, no se interpretará como deslocalización si, pese a la concurrencia de las circunstancias anteriores, la firma inicia directamente, o por medio de alguna otra entidad con encaje en los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio, “nuevas actividades que supongan la creación de un número de puestos de trabajo similares o superiores a los suprimidos”. Y para hacer viable la efectividad la norma, se proyecta la inclusión del compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial entre las bases reguladoras de la concesión de subvenciones.
REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES
En consecuencia, la declaración de deslocalización empresarial supondrá la obligación de proceder al reintegro de las subvenciones percibidas en los últimos diez años, junto al interés de demora devengado desde la fecha de recepción de cada cantidad. Dicha declaración determinará, además, la imposibilidad de obtener ayudas del sector público durante un período de diez años.
En relación con las ayudas concedidas por las instituciones de la Comunidad foral distintas de las subvenciones, el Gobierno cuantificará el importe, que con carácter general, se corresponderá con la diferencia entre el valor de mercado y el convenido en el negocio jurídico de que se trate.
Lo dispuesto en la presente proposición de ley, para cuyo desarrollo reglamentario se otorga un año al Gobierno, será de aplicación a las ayudas públicas concedidas con anterioridad a su entrada en vigor, “siempre que no hayan transcurrido diez años desde la notificación o publicación de la concesión de la subvención”.
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