La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha condenado al Gobierno foral a indemnizar con 3,7 millones de euros a Valle de Odieta por frenar la ampliación de su macrogranja de Caparroso en 2018. El fallo, que confirma la responsabilidad patrimonial de la Administración, llega después de que el Ejecutivo navarro denegara a la compañía la concesión de una nueva autorización ambiental integrada para pasar de 3.450 a 7.200 vacas de producción de leche y el cambio a régimen termófilo de su planta de biometanización.
De esta forma, se produce un importante avance en un complejo conflicto iniciado hace ya ocho años, pero que comenzó a gestarse en 2013. Fue entonces cuando la empresa, tras haber recibido en 2009 la autorización ambiental integrada para poner en marcha la explotación, presentó el proyecto de ampliación. La iniciativa fue considerada «como una modificación sustancial» por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, de ahí que fuera necesaria una nueva autorización ambiental.
Dos años más tarde, desde el departamento «se emitió una propuesta de resolución favorable». Pero finalmente, en 2018, la Dirección General de Medio Ambiente denegó la autorización (en aquel momento, la consejera era Isabel Elizalde). Una decisión contra la que se pronunció el TSJN, que el 21 de diciembre de 2020 estimó parcialmente el recurso interpuesto por la firma.
A raíz del fallo judicial, la Dirección General de Medio Ambiente dio marcha atrás y otorgó la nueva autorización el 27 de diciembre de 2021. Pero, tan solo un día después, Valle de Odieta presentó un recurso potestativo de reposición ante el departamento, con el que pretendía que la Administración admitiera además su responsabilidad patrimonial y le indemnizara con 19,19 millones de euros por lucro cesante (los ingresos que había dejado de obtener por no acometer el proyecto en su momento).
El 10 de agosto de 2023, la Dirección General de Medio Ambiente desestimó la reclamación porque, desde su punto de vista, no concurrían «los requisitos de relación de causalidad y antijuridicidad del daño». Pero el caso dio un nuevo giro en diciembre de ese mismo año, cuando el Consejo de Navarra emitió un dictamen preceptivo. En él concluía que debía estimarse la responsabilidad patrimonial de la Administración y que la cuantía, partiendo de una pericial de INTIA, tenía que ascender a 3,75 millones.
Ante esta tesitura, Valle de Odieta optó por acudir a la vía judicial e interponer un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN, cuya sentencia data del pasado 20 de febrero y ya ha sido notificada a las partes. En ella, la cuantía de la indemnización determinada por el tribunal coincide con la del propio Gobierno de Navarra, que el 13 de noviembre de 2025 reconoció el daño ocasionado por lucro cesante y «ya ha abonado los 3,75 millones».
Sin embargo, ese importe dista mucho de los 19,19 millones de euros solicitados por la firma, que en 2025 pudo materializar la ampliación pedida en 2013. Es más, tal y como avanzó este medio, Valle de Odieta ya está trabajando en una iniciativa similar. De hecho, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente emitió una declaración de impacto ambiental favorable en septiembre de 2025 para que la macrogranja pueda albergar 11.372 cabezas.
Ahora, las partes tienen treinta días de plazo para anunciar a la Sala de lo Contencioso Administrativo si desean interponer un recurso de casación contra el fallo. Dadas las circunstancias, todo apunta a que el Ejecutivo foral no lo hará, pero la compañía aún no se ha pronunciado. «La cuestión suscitada se circunscribe exclusivamente a la determinación del lucro cesante. Como tal se entiende la ganancia frustrada o los ingresos dejados de obtener requiriendo un alto grado de probabilidad, no meras conjeturas, aunque también se consideran aquellas expectativas que con un elevado grado de probabilidad van a transformarse en ganancias», recordó la sala en su sentencia.
CONDENA POR VERTIDO
El fallo ha llegado cuatro meses después de otra polémica sentencia, en la que dos consejeros de Valle de Odieta (el presidente del consejo rector y un vocal) fueron condenados a un año de prisión por un delito contra el medio ambiente, así como a catorce meses de multa (a razón de 12 euros al día) y catorce meses de inhabilitación. En concreto, se les culpó de un vertido que había llegado a una balsa donde se refugiaban especies protegidas tras haber regado con digestato unas parcelas con un sistema no autorizado (la balsa formaba parte de una Zona de Especial Conservación -ZEC-).
Al mismo tiempo, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona, que absolvió a otros tres consejeros en el proceso, decretó que los condenados debían adoptar las medidas necesarias para la restitución de la balsa al estado anterior al vertido, bajo la supervisión del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, así como al pago de las costas de las acusaciones populares.













