sábado, 20 abril 2024

Los nuevos requisitos para instalar terrazas temporales en el Casco Viejo

Este viernes, la Comisión Covid-19 del Consistorio pamplonés aprobó los criterios que deberán seguir estos espacios, gracias a los votos favorables de Navarra Suma, EH Bildu y Geroa Bai. El PSN fue el único grupo que se posicionó en contra.


Pamplona - 12 febrero, 2021 - 15:38

La Comisión Covid-19 del Ayuntamiento de Pamplona aprobó este viernes los criterios para el establecimiento temporal de terrazas en el Casco Antiguo. Entre los criterios se recogen las distancias que se deben mantener en su colocación y la participación ciudadana cuando se aborde la colocación de terrazas en “lugares singulares” como las plazas Compañía, Calderería, Navarrería, Pellejerías; la calle Jarauta; y enfrente de la entrada al Museo de Navarra.

En esos casos, el Área de Seguridad Ciudadana analizará la solicitud, dará audiencia a quienes están afectados por el cambio de situación, estudiará lo aportado y lo llevará a la comisión. Sobre estos espacios, el Consistorio ha recibido un recurso de reposición contra la autorización de terrazas en la plaza Compañía, «que los Servicios Jurídicos están estudiando para dar respuesta».

El Consistorio ha recibido un recurso de reposición contra la autorización de terrazas en la plaza Compañía, «que los Servicios Jurídicos están estudiando para dar respuesta».

Según informó el Ayuntamiento, los nuevos criterios serán aplicados a todas las autorizaciones de terrazas temporales y excepcionales que sean solicitadas. Y contaron con el voto a favor de los grupos municipales Navarra Suma, EH Bildu y Geroa Bai y el voto en contra del PSN. Como recoge el texto, las autorizaciones son temporales y vinculadas a las restricciones de hostelería derivadas de la actual pandemia y su duración será valorada por la comisión «en función de la evolución de la misma». Esta analizará los casos que puedan no encajar en dichos criterios «cuando su colocación no afecte al interés general».

El texto aprobado distingue entre terrazas en calles y en plazas y otros espacios públicos. En el caso de las primeras, solo se autorizarán las compuestas por barricas y mesas altas, mientras que en las segundas se colocarán mesas bajas y otros elementos. Plaza del Castillo y calle Ciudadela no están vinculadas a estos criterios y se ajustarán a la ordenanza municipal.

Estos son los principales criterios que recibieron el visto bueno de la mayoría de los grupos municipales:

  1. ESTABLECIMIENTOS CERCA DE LAS PLAZAS O ESPACIOS PÚBLICOS
    • Como primer requisito para solicitar autorización en plazas o espacios públicos, los establecimientos deberán estar cercanos a ellos, entendiéndose por cercanía que estén en la misma calle o calle que linde con la plaza o espacio público o en la siguiente calle paralela. En los casos en los que no se cumpla esta circunstancia, será el Ayuntamiento quien valorará otras posibilidades.
    • Si la terraza está en una zona de tránsito peatonal, se respetará un mínimo de tres metros para el paso de peatones. Si no se encuentra frente al establecimiento de hostelería, para poder instalar esta tipología de terrazas se deberá contar con una zona libre de obstáculos con espacio suficientes, que será valorado por el Ayuntamiento, a través de la Comisión Covid.
    • Asimismo, no se autorizarán terrazas sobre zonas verdes o ajardinadas, teniendo que dejar medio metro de distancia con ellas y de un metro al mobiliario urbano (bancos, fuentes, papeleras, aparcabicicletas…).
    • Como máximo, abiertas hasta las 23:00 horas. El horario de cierre de estas terrazas de una concesión excepcional y temporal, que dependerá de la normativa preventiva en vigor en cada momento. Como máximo, la hora de cierre será las 23:00 horas todos los días de la semana. También dependerá de la normativa, la distancia entre mesas y el porcentaje de ocupación.
    • Todas ellas deberán contar con cortavientos con las características que recoge la ordenanza u otros elementos que delimiten su espacio de la terraza y que favorezcan el tránsito de los invidentes.
    • Sobre los cerramientos de terrazas en las plazas, los criterios aprobados recuerdan que tendrán las características que recoge la ordenanza y no autorizan cerramientos laterales. Únicamente se podrán colocar cortavientos de hasta un metro, que no contarán como fachadas, y de hasta 1,6 metros que sí lo harán. Además de sombrillas y parasoles con las características de la ordenanza, se podrán autorizar cubiertas tipo jaimas o carpas blancas, negras o beige crudo, cuya altura no sobrepasará los 3,5 metros si están a menos de 10 metros de las fachadas o 4,5 metros si están a más.
    • Todos los elementos de la terraza deberán disponer en los apoyos en el suelo de gomas para minimizar el ruido por arrastre. Y no se permitirán terrazas sobre vías susceptibles de ser utilizadas para la circulación de vehículos de bomberos, policía, ambulancia o limpieza que no tengan una anchura mínima de 4 metros y 3,5 metros si es un paso para acceder a garajes o actividades de carga y descarga.
    • Por último, los establecimientos a los que se les autorice terraza deberán tener abiertos los aseos.
    • Para las autorizaciones que puedan tener un impacto considerable en la imagen del Casco Antiguo o en la convivencia, se oirá, previamente a la autorización de las mismas, a la Comisión Covid municipal. La comisión podrá dar audiencia, si lo cree conveniente, a partes que se pueda entender interesadas por posibles afecciones antes de emitir su recomendación.
    • El incumplimiento de la normativa Covid-19 conllevará el cierre de la terraza. En este sentido, la interposición de dos denuncias policiales por incumplimientos graves de dicha normativa llevará aparejada, además de la correspondiente sanción económica, la suspensión automática de la autorización.
  2. TERRAZAS EN LAS CALLES
    • Tendrán que ir adosadas a la fachada y una distancia de los asientos a los portales de 1,5 metros. Solo podrán tener toldos si ya existen, pero no sombrillas. Podrán autorizarse fuera de los límites de su establecimiento, en los comercios contiguos o situados enfrente, si cuentan con su autorización y se cumpla con el resto de condiciones.
    • Para la definición de los criterios se han tenido en cuenta la ordenanza municipal, la orden del Ministerio de Sanidad y en la Orden Foral que aborda este tema. En el caso de Pamplona, las excepcionalidades que permite la ordenanza municipal han propiciado que se hayan tramitado, en 2020 en toda la ciudad, 586 solicitudes de ampliaciones de terrazas o nuevas terrazas.
    • En todos los casos, las autorizaciones para esas terrazas temporales caducarán en cuanto termine la pandemia para recuperar la imagen urbana de la ciudad de acuerdo a las condiciones estéticas de la ordenanza.
    • En las calles del Casco Antiguo, solo se permitirán y autorizarán terrazas compuestas por barricas y mesas altas.
    • El número máximo de taburetes autorizables por barrica o mesa alta dependerá de la normativa foral en vigor en cada momento y de las dimensiones de la sección de la calle.

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