jueves, 25 abril 2024

Una nueva ley para flexibilizar el acceso de las explotaciones agrarias a la venta directa

El Ejecutivo foral dio luz verde este miércoles al anteproyecto de una nueva ley, que flexibilizará los requisitos de seguridad e higiene de los alimentos permitidos por la legislación europea y nacional para la venta de pequeñas cantidades. Así mismo, prevé crear un registro de productores alimentarios y un distintivo que que englobe a estos.


Pamplona - 28 septiembre, 2022 - 14:12

La nueva norma regula la venta directa de productos alimentarios, así como la venta de proximidad. (Foto: archivo)

El Gobierno de Navarra adoptó en su sesión de este miércoles un acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria. Dicha normativa regula la venta directa de las explotaciones agrarias a las personas consumidoras.

La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, señaló en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno que esta norma tiene un objetivo doble: «Por un lado, pretendemos apoyar a las explotaciones agrarias de reducida dimensión, mejorar su viabilidad haciéndolas más competitivas, fomentando su diversificación económica y permitiendo la incorporación de jóvenes al sector; y, por otro lado, queremos satisfacer la demanda creciente de la sociedad de productos locales, frescos, de temporada y de calidad».

De esta forma, facilita a los productores el acceso a criterios de flexibilidad en los requisitos de seguridad e higiene de los alimentos que permite la legislación europea y nacional para la venta de pequeñas cantidades, «sin perjuicio del cumplimiento de las garantías higienicosanitarias y la puesta en el mercado de alimentos seguros e inocuos para los consumidores». Para ello, las autoridades competentes elaborarán, «de forma coordinada», guías de buenas prácticas donde se establecerán las adaptaciones necesarias en las etapas de producción, elaboración, transformación y comercialización.

Itziar Gómez: «Los circuitos cortos son una buena herramienta para que los productores reciban unos precios dignos y sin que los productos se vean encarecidos por las cadenas de alimentación».

Gómez añadió, así mismo, que dichos circuitos cortos de comercialización son «una buena herramienta para que los productores reciban unos precios dignos y sin que los productos se vean encarecidos por las cadenas de alimentación».

Según establece el anteproyecto, el Gobierno navarro establecerá un registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria en el que deberán inscribirse, de forma voluntaria, los productores agroalimentarios, intermediarios y operadores de comercio electrónico que lleven a cabo dicha actividad. El registro identificará si el operador realiza la venta directa, la venta de proximidad o ambas.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo foral desarrollará un distintivo o logotipo para facilitar la identificación e información de los operadores y productos inscritos en el registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria. Este podrá utilizarse mediante un sistema de señalización, en el acceso de los locales, las carreteras y cruces de caminos o en las proximidades, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente. Además, será compatible con marcas de calidad existentes como las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas protegidas, las certificaciones de producción ecológica o los alimentos artesanos.

«Las situaciones de emergencia sanitaria, como la creada por el Covid-19, pusieron de manifiesto que la producción y abastecimiento de alimentos son actividades esenciales y críticas para toda la población. A su vez, provocaron un refuerzo de la venta online y de la venta directa que debemos impulsar desde las instituciones», explicó la consejera.

LOS CANALES DE COMERCIALIZACIÓN

Concretamente, en el apartado medioambiental, la norma busca «contribuir a la mitigación del cambio climático por los beneficios ambientales que genera la venta de proximidad y ayudar en la reducción del desperdicio alimentario y el consumo responsable». Por eso, recoge que la venta se realizará, «preferentemente», en la propia explotación agraria.

No obstante, también podrá efectuarse en mercados municipales y mercadillos, en alojamientos de turismo rural o agroturismos cercanos a la explotación, mediante comercio electrónico, en grupos de consumo, en el domicilio de consumidor final o en cualquier otro lugar autorizado para ello, de carácter no permanente. Y deberá realizarse, preferiblemente, dentro del ámbito territorial de Navarra o a una distancia máxima de la explotación del productor agroalimentario de 100 kilómetros.

La nueva norma que será remitida al Consejo de Navarra para su validación, derogará la Ley Foral reguladora de la venta directa de productos ligados a las explotaciones agrarias y ganaderas de 2010, así como su normativa de desarrollo, «teniendo en cuenta su limitada eficacia y considerando los avances habidos desde entonces en los sistemas de producción y comercialización de alimentos, los compromisos de la UE con el desarrollo sostenible y las nuevas demandas de la sociedad».

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